Alianza OTIC AGROCAP – CICMEX

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ALIANZA CICMEX / OTIC AGROCAP INFORMA

NO PIERDA SU FRANQUICIA TRIBUTARIA DE CAPACITACIÓN 2015, TRASPÁSELA PARA EL 2016

¿Sabía que aún está a tiempo de rescatar su franquicia tributaria 2015? Toda empresa tiene derecho a una franquicia tributaria del 1% de sus remuneraciones imponibles. Si no ha usado el total de ese porcentaje, puede dejarlo para 2016, traspasando lo que le queda al Organismo Técnico Intermedio para Capacitación AGROCAP

Pasos a seguir:

1.- Calcular el 1% de las remuneraciones imponibles anuales de toda la planilla de la empresa.

2.- Calcular el total invertido en capacitación durante 2015

3.- Calcular la diferencia entre ambos montos (Punto1 – Punto2) y si hay remanente, rescátelo aportándolo a OTIC AGROCAP.

 

Dónde:

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Depósito

  • Cuenta Corriente 00-13896-7
  • Banco Santander
  • Enviar comprobante a mramirez@agrocap.cl o al fax (56 2) 2206 5950

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Cheque o vale vista

  • Nombre: OTIC AGROCAP
  • RUT: 77.301.520-1
  • Entrega en Cruz del Sur 133, oficina 904, Las Condes

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Fecha límite 23 de diciembre de 2015

Más informaciones: Rodrigo López, gerente de OTIC AGROCAP Teléfono: (562) 2206 5254 Correo: rlopezu@agrocap.cl


COMO-FUNCIONA-AGROCAP


PREGUNTAS FRECUENTES

1. Cuántos empleados debo tener para hacer uso del beneficio?

R. No hay un mínimo de empleados. Sólo necesita que su Planilla Anual de Remuneraciones Imponibles sea mayor a 35 UTM para optar al beneficio. Siguiendo este cuadro se tiene que:Planilla anual de Remuneraciones ImponiblesHasta 35 UTM: Empresa no tiene derecho a Franquicia. Entre 35 y 45 UTM: Tienen derecho a 7 UTM de Franquicia.Entre 45 y 900 UTM: Tienen derecho a 9 UTM de Franquicia.Más de 900 UTM Planilla Anual Rem. Imponibles: Hasta 1% de esta Planilla

 

2. Mi empresa no genera utilidad, reporta pérdida puedo traspasar el 1%?

R. Sí puede. La Ley 19.518 establece que si una empresa declara pérdidas, el Fisco le devuelve por Tesorería todo lo invertido en Capacitación.

 

3. Mis empleados tienen una renta alta, no soy candidato al beneficio?

R. Sí puede acceder al beneficio, ya que si bien el beneficio será menor para trabajadores de renta alta, igualmente puede optar al uso de la Franquicia Tributaria (FT). Además su empresa puede utilizarla para hacer RSE.

La FT está sujeta a las rentas del trabajador, teniendo un tope de $4.000/hora para rentas de hasta 25 UTM mensual. Para trabajadores que ganan entre 25 y 50 UTM, el tope imputable a la FT es de $2.000/hora y para trabajadores cuya renta supere las 50 UTM, el beneficio es de $600/hora.

 

4. Qué pasa si deposito en Agrocap mi 1% y no lo uso?

R. Si una empresa aporta su 1% en un OTIC (Agrocap), va a descontar de impuestos todo lo depositado, con el tope del 1%, independientemente de si lo utiliza o lo deja en la cuenta sin ocupar. Esto es porque los OTIC certifican los aportes de la empresa, no los cursos que hace. Además, si declara pérdidas, el Fisco le devuelve todo lo depositado.

 

5. Cuánto duran los fondos depositados en Agrocap?

R. La empresa que deposita su 1% en un OTIC, tiene plazo para utilizarlo dos años: el año en que lo deposita y el año siguiente. Si al tercer año, aún le quedan fondos en la cuenta, éstos pasarán a un Fondo de Becas Sociales, ya que la Ley dice que la empresa ya lo rebajó de impuestos y los OTIC son organismos sin fines de lucro, por lo tanto esos fondos pasan al Estado beneficiando con capacitaciones a personas de escasos recursos.

 

6. Cómo es en la práctica el trabajo con Agrocap?

R. La empresa se incorpora y luego dirige a su Ejecutiva las necesidades de capacitación. Desde Agrocap se le envían las posibilidades y cuando deciden tomar un curso, se completa una Ficha de Inscripción que se hace llegar a Agrocap. Desde allí se inscribe el curso en SENCE y la empresa sólo debe preocuparse de que los participantes cumplan con el mínimo de asistencia requerido (75% ). Luego de la realización del curso Agrocap paga por cuenta de la empresa alOTEC que ejecutó el curso.

 

7. Cuándo y cómo se rebaja de impuestos el 1% depositado en Agrocap?

R. Se rebaja en la Declaración de Renta del año siguiente en que la empresa hizo el depósito, en el ítem de Capacitación. Desde Agrocap se solicita a SENCE el Certificado que valida esta rebaja de impuestos y el cual es enviado a las empresas a fines de marzo de cada año.

 

8. Agrocap me factura si mi empresa hace un curso?

R. Al momento de inscribir un curso, Agrocap emite una orden de Compra al OTEC y ellos facturan a Agrocap por el curso que ha comprado para la empresa. La única factura que la empresa podría recibir es aquella que el OTEC emite cuando hay un “Costo Empresa” involucrado. Esto es, cuando el valor hora del curso supera los $4.000 o bien cuando la renta del trabajador supera las 25 UTM. En este caso el OTEC emitirá 2 facturas: una a nombre de Agrocap por el monto que es imputable a la FT y otra directamente a la empresa, por la diferencia que no es cubierta por la FT.

 

9. Existe algún cobro asociado a trabajar con Agrocap?

R. Todos los OTIC tienen un costo de administración. Agrocap cobra el 15% del aporte de la empresa, pero esto no es un pago adicional, sino que se rebaja del 1%. Es decir, por cada $100 que la empresa deposita, $15 quedan como Administración y $85 le quedan a la empresa disponible para hacer cursos. Pero los $100 son rebajados por la empresa de impuestos (o devueltos si corresponde, según la pregunta N° 2). De estos $15, sólo $10 son para Agrocap y $5 se le entregan a CICMEX de acuerdo a nuestra alianza. Por esto es que su aporte es importante para apoyar a su gremio.

 

10. Estoy obligado a depositar siempre mi 1% cuando trabajo con Agrocap?

R. No. El aporte del 1% es voluntario, a menos que se realice alguna capacitación, en cuyo caso si la empresa no cuenta con fondos en su cuenta, deberá depositar a lo menos el valor del curso más el costo de administración de Agrocap.

 


CONTACTO Si usted gusta podemos visitar su empresa para detallar la información. AGROCAP Constanza Stone Ejecutiva Comercial cstone@agrocap.cl(562) 22065254 CICMEX Mary Díaz mary.diaz@cicmex.cl 22453020 www.cicmex.cl [/message_box]